Cómo solicitar la incapacidad permanente — Guía paso a paso
Solicita tu pensión de incapacidad permanente en España. Requisitos, grados, documentación, cuantías y pasos para la evaluación médica del INSS.
Respuesta rápida
¿Cómo solicitar la incapacidad permanente?
Puedes solicitar la pensión de incapacidad permanente a través de la sede electrónica del INSS con certificado digital o Cl@ve, o presencialmente con cita previa. Necesitas informes médicos actualizados que acrediten limitaciones graves y previsiblemente definitivas para trabajar. El proceso incluye evaluación del Equipo de Valoración de Incapacidades.
Información verificada
Información revisada y verificada el 16 de julio de 2026.
Esta guía ha sido elaborada con la información oficial del INSS y la normativa vigente de la Seguridad Social a julio de 2026.
¿Qué es la incapacidad permanente?
La incapacidad permanente es una prestación económica de la Seguridad Social para trabajadores que presentan reducciones anatómicas o funcionales graves, previsiblemente definitivas, que disminuyen o anulan su capacidad laboral. Se clasifica en cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez.
La incapacidad permanente es una de las prestaciones más importantes del sistema de Seguridad Social español. Está diseñada para proteger a los trabajadores que, debido a una enfermedad o accidente, ven reducida o anulada su capacidad para trabajar de forma irreversible o previsiblemente definitiva.
El reconocimiento de la incapacidad permanente no depende solo de la existencia de una enfermedad o lesión, sino de cómo esta afecta a tu capacidad para desarrollar un trabajo. Por eso, dos personas con la misma enfermedad pueden recibir grados distintos de incapacidad según su profesión y las limitaciones funcionales que presenten.
¿Para qué sirve?
La incapacidad permanente tiene como objetivo compensar la pérdida de ingresos laborales derivada de las limitaciones físicas o psíquicas del trabajador:
- Sustituir los ingresos laborales cuando no puedes trabajar por tus limitaciones
- Proporcionar protección económica según el grado de afectación
- Cubrir la asistencia sanitaria necesaria para tus dolencias
- Reconocer legalmente tu situación de discapacidad laboral
- Garantizar el acceso a prestaciones sociales complementarias
Requisitos
Requisitos
Estar afiliado y en situación de alta o asimilada al alta en la Seguridad Social
Tener un período mínimo de cotización: 1.800 días en los 10 años anteriores (para enfermedad común, menores de 52 años). Para accidente laboral o enfermedad profesional no se exige período mínimo
Que el Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) determine que las lesiones son previsiblemente definitivas y limitan tu capacidad laboral
No haber cumplido la edad de jubilación (si la has cumplido, la pensión se reconvertiría en jubilación)
Documentación necesaria
Documentación necesaria
DNI, NIE o pasaporte en vigor — Documento identificativo obligatorio para cualquier trámite con la administración.
Informes médicos actualizados — Deben incluir diagnóstico, tratamiento, evolución y secuelas. Son la base de la evaluación del EVI.
Informe de vida laboral — Acredita tus períodos de cotización y las empresas para las que has trabajado.
Parte de accidente de trabajo o enfermedad profesional — Si la incapacidad deriva de estas causas, debes aportar la documentación que lo acredite.
Métodos para solicitarla
| Método | Descripción | Ventajas | Inconvenientes |
|---|---|---|---|
| Online con certificado digital | Solicitud telemática en la sede del INSS con certificado FNMT, DNIe o Cl@ve | Sin desplazamientos, presentación inmediata, disponible 24/7 | Requiere certificado digital y escanear documentos |
| Online con Cl@ve Permanente | Solicitud mediante usuario y contraseña con verificación SMS | No requiere certificado, proceso guiado paso a paso | Requiere registro previo en Cl@ve |
| Presencial con cita previa | Solicitud en las oficinas del INSS con atención personalizada | Ayuda presencial del funcionario, resolución de dudas | Requiere desplazamiento y espera de cita previa |
| Mediante representante legal | Solicitud a través de abogado, gestor o sindicato con poder notarial | Asesoramiento profesional, menos carga para el solicitante | Coste adicional de honorarios profesionales |
Paso 1 — Recopila los informes médicos
La documentación médica es el elemento más importante de tu solicitud:
- Solicita a tu médico de cabecera o especialista informes detallados de todas tus patologías.
- Los informes deben incluir: diagnóstico, fecha de inicio, tratamientos realizados, pruebas complementarias y secuelas actuales.
- Si tienes varias patologías, aporta informes de todos los especialistas que te tratan.
- Solicita tu historial clínico completo en tu centro de salud u hospital.
Paso 2 — Solicita la evaluación
- Accede a la sede electrónica del INSS con certificado o Cl@ve.
- Busca el procedimiento «Solicitud de incapacidad permanente».
- Rellena el formulario con tus datos personales, laborales y la descripción de tus limitaciones.
- Adjunta los informes médicos y la documentación requerida.
- Si lo prefieres, solicita cita previa en tu oficina del INSS para presentar la solicitud presencialmente.
Paso 3 — Evaluación del Equipo de Valoración de Incapacidades
- El INSS te citará para una evaluación médica con el EVI.
- Acude a la cita con todos los informes médicos originales.
- El médico inspector te examinará y revisará tu documentación.
- El EVI emitirá un dictamen-propuesta que determinará si procede la incapacidad y en qué grado.
- Este dictamen no es vinculante, pero es la base de la resolución del INSS.
Paso 4 — Resolución del INSS
- El INSS dictará resolución basándose en el dictamen del EVI.
- Puede ser: estimatoria (concede la incapacidad en algún grado), denegatoria (no la concede) o de prórroga de la incapacidad temporal.
- Recibirás la notificación por correo postal o en tu buzón electrónico.
- Si la resolución es positiva, se determinará la fecha de efectos y el importe de la pensión.
Paso 5 — Cobro de la pensión
- La pensión se abona mensualmente con 14 pagas al año.
- El primer pago incluirá los atrasos desde la fecha de efectos.
- Si la incapacidad es por contingencia profesional, puede haber un recargo de prestaciones.
- La pensión es incompatible con el trabajo en la misma profesión (según el grado).
Coste
La solicitud de incapacidad permanente es completamente gratuita:
Coste total
Gratuito
No hay tasas administrativas que abonar. Si contratas los servicios de un abogado especializado o gestor, sus honorarios son independientes. Algunos sindicatos ofrecen asesoramiento gratuito para sus afiliados.
Plazos
- Desde la solicitud hasta la primera evaluación: 1-3 meses (depende de la comunidad autónoma).
- Resolución del INSS: 135 días hábiles desde la solicitud.
- Pago de la pensión: Una vez concedida, el primer pago suele producirse en 1-2 meses.
- Efectos económicos: Desde la fecha de la solicitud o desde que se agota la incapacidad temporal.
- Revisión de la incapacidad: Periódica (2, 4 o 6 años) o por cambio en las lesiones.
Consejos útiles
- Aporta informes médicos detallados y actualizados. La evaluación del EVI se basa casi exclusivamente en la documentación médica. Cuantos más informes aportes, mejor valorada será tu solicitud.
- No ocultes ninguna patología. Aunque algunas dolencias te parezcan menores, pueden sumarse para determinar el grado de incapacidad. Enumera todas tus limitaciones.
- Prepárate para la evaluación del EVI. La cita con el tribunal médico dura entre 15 y 30 minutos. Explica claramente cómo tus limitaciones afectan a tu vida diaria y a tu capacidad laboral.
- Considera recurrir si la respuesta es negativa. Si el INSS deniega tu solicitud, tienes 30 días para presentar una reclamación previa. Si esta también se rechaza, puedes acudir al Juzgado de lo Social.
- Solicita asesoramiento especializado. Un abogado laboralista o un graduado social puede ayudarte a preparar la solicitud y, si es necesario, recurrir una denegación.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Normativa aplicable
Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre
BOE-A-2015-11724
30 de octubre de 2015
Consultar texto oficialTexto refundido de la Ley General de la Seguridad Social. Regula las prestaciones por incapacidad permanente, los grados, requisitos y cuantías.
Real Decreto 1300/1995, de 21 de julio
BOE-A-1995-18765
21 de julio de 1995
Consultar texto oficialNorma que regula los Equipos de Valoración de Incapacidades (EVI) y el procedimiento para el reconocimiento de la incapacidad permanente.
Enlaces oficiales
Portal oficial para iniciar la solicitud de incapacidad permanente y consultar el estado del expediente.
Abrir enlace oficial
Información oficial sobre los grados, requisitos y cuantías de la incapacidad permanente.
Abrir enlace oficial
Portal general de la Seguridad Social con información sobre pensiones y prestaciones.
Abrir enlace oficial
Trámites relacionados
Trámites relacionados
Control de calidad
La incapacidad permanente tiene cuatro grados: parcial, total, absoluta y gran invalidez
La documentación médica detallada y actualizada es clave para una solicitud exitosa
El Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) evalúa tus limitaciones y emite un dictamen
El INSS tiene 135 días hábiles para resolver la solicitud de incapacidad permanente
Puedes recurrir una denegación mediante reclamación previa y, si es necesario, vía judicial
Historial de cambios
16/07/2026
Publicación inicial de la guía de incapacidad permanente con la normativa vigente en 2026.
Preguntas frecuentes
¿Qué es la incapacidad permanente?
¿Cuáles son los grados de incapacidad permanente?
¿Cuánto se cobra de pensión por incapacidad permanente?
¿Qué requisitos se necesitan para la incapacidad permanente?
¿Cómo solicitar la incapacidad permanente por internet?
¿Cuánto tarda el INSS en resolver la incapacidad permanente?
¿Qué es el tribunal médico (EVI)?
¿Se puede trabajar mientras se solicita la incapacidad?
¿Qué documentos necesito para la solicitud?
¿Puedo compatibilizar la incapacidad con un trabajo?
¿La incapacidad permanente es revisable?
¿Qué diferencias hay entre incapacidad temporal y permanente?
¿Puedo solicitar la incapacidad si soy autónomo?
¿Cómo se calcula la base reguladora de la incapacidad?
¿Se puede recurrir una denegación de incapacidad?
¿Cuánto tiempo tengo para solicitar la incapacidad?
¿Necesito abogado para solicitar la incapacidad?
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