Modelo 130: pago fraccionado del IRPF — Cómo presentarlo 2026
Cómo y cuándo presentar el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF para autónomos: cálculo del 20 %, plazos trimestrales, exenciones y presentación online en la AEAT en 2026.
Respuesta rápida
¿Cuándo y cómo presento el modelo 130?
El modelo 130 se presenta trimestralmente del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 20 de enero para el último trimestre. Ingresas el 20 % del rendimiento neto acumulado menos retenciones y pagos anteriores. Se presenta por vía electrónica en la Sede de la AEAT.
Información verificada
Información revisada y verificada el 13 de octubre de 2026.
Información contrastada con la Agencia Tributaria y la normativa del IRPF (Ley 35/2006 y su Reglamento).
¿Qué es el modelo 130?
El modelo 130 es la autoliquidación del pago fraccionado del IRPF que presentan los autónomos en estimación directa. Se presenta cada trimestre y consiste en ingresar un porcentaje del rendimiento neto obtenido desde el inicio del año, a cuenta del IRPF que se liquidará en la declaración anual.
A diferencia de los trabajadores por cuenta ajena, cuyo IRPF se retiene en nómina, los autónomos van pagando el impuesto a cuenta mediante el modelo 130. De este modo, cuando llega la declaración de la renta, ya han adelantado parte del impuesto.
El modelo 130 se calcula sobre el rendimiento neto acumulado (ingresos menos gastos deducibles) y se restan las retenciones soportadas y los pagos fraccionados anteriores. El tipo general es del 20 %, aunque existen reglas especiales.
Quién presenta el 130 y quién no
- Estimación directa (normal o simplificada): modelo 130.
- Estimación objetiva (módulos): modelo 131.
- Exentos: quienes obtienen al menos el 70 % de sus ingresos con retención o ingreso a cuenta, entre otros supuestos.
Requisitos
Requisitos para presentar el modelo 130
Estar dado de alta como autónomo en estimación directa.
Llevar un registro de ingresos y gastos del periodo.
Llevar la cuenta de retenciones y pagos fraccionados anteriores.
Disponer de certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve para la presentación electrónica.
Documentación necesaria
Datos necesarios para cumplimentar el modelo 130
Ingresos acumulados del trimestre y del año.
Gastos deducibles del periodo con sus justificantes.
Retenciones e ingresos a cuenta soportados (por ejemplo, en facturas a profesionales).
Pagos fraccionados anteriores del mismo ejercicio.
Paso 1 — Calcula el rendimiento neto acumulado
- Suma los ingresos computables desde el 1 de enero hasta el último día del trimestre.
- Resta los gastos deducibles del mismo periodo.
- Aplica el 20 % al rendimiento neto acumulado para obtener el pago a cuenta.
Paso 2 — Resta retenciones y pagos anteriores
- Descuenta las retenciones e ingresos a cuenta que te hayan practicado en el periodo.
- Descuenta los pagos fraccionados que ya hayas ingresado en los trimestres anteriores.
- El resultado es la cantidad a ingresar; si es negativa, se consigna cero.
Ejemplo
Si tu rendimiento neto acumulado hasta junio es de 10.000 €, el 20 % son 2.000 €. Debes restar las retenciones soportadas y el pago fraccionado del primer trimestre para obtener lo que ingresas en julio.
Paso 3 — Presenta el modelo 130
- Accede a la Sede Electrónica de la AEAT con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve.
- Rellena el modelo 130 con los datos del trimestre.
- Presenta y paga, con opción de domiciliación bancaria.
Paso 4 — Conserva los justificantes
- Guarda el justificante de presentación y el de pago de cada trimestre.
- Anota el importe ingresado, porque se descuenta en el trimestre siguiente y en la declaración anual.
- Prepara el resumen anual para tu declaración de la renta.
Atención
Aunque el resultado sea cero o negativo, debes presentar el modelo 130 para evitar requerimientos de la AEAT. La falta de presentación puede dar lugar a sanciones.
Coste
Coste total
Gratis
- Presentación: gratuita.
- Importe a ingresar: el 20 % del rendimiento neto acumulado menos retenciones y pagos anteriores.
- Resultado negativo: se presenta sin ingreso.
- Recargo por presentación fuera de plazo: si se presenta tarde, se aplican recargos.
Plazos
- 1T (enero-marzo): del 1 al 20 de abril.
- 2T (abril-junio): del 1 al 20 de julio.
- 3T (julio-septiembre): del 1 al 20 de octubre.
- 4T (octubre-diciembre): del 1 al 20 de enero del año siguiente.
- Domiciliación: la orden debe cursarse dentro del plazo de presentación.
Consejos útiles
- Lleva la contabilidad al día: facilita el cálculo trimestral y evita sorpresas.
- Guarda todas las facturas de gastos para poder deducirlos.
- No dejes de presentar aunque el resultado sea cero.
- Recuerda que el 130 convive con el modelo 303 de IVA: son impuestos distintos y se presentan por separado.
- Revisa las exenciones, porque si al menos el 70 % de tus ingresos llevan retención podrías no estar obligado.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes sobre el modelo 130
Normativa aplicable
Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del IRPF
28 de noviembre de 2006
Consultar texto oficialRegula el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y los pagos fraccionados a cuenta.
Real Decreto 439/2007 — Reglamento del IRPF
30 de marzo de 2007
Consultar texto oficialDesarrolla el cálculo del pago fraccionado y las obligaciones de los contribuyentes en estimación directa.
Enlaces oficiales
Información oficial, plazos y presentación electrónica del modelo 130.
Abrir enlace oficial
Trámites relacionados
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Control de calidad
El modelo 130 es el pago fraccionado del IRPF de los autónomos en estimación directa.
Se presenta del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y del 1 al 20 de enero.
Se ingresa el 20 % del rendimiento neto acumulado menos retenciones y pagos anteriores.
Están exentos, entre otros, los autónomos en módulos y quienes ingresan al menos el 70 % con retención.
Debe presentarse aunque el resultado sea cero o negativo.
Historial de cambios
13/10/2026
Publicación inicial de la guía sobre el modelo 130 de pago fraccionado del IRPF.
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